Rescatan en helicóptero a tres tripulantes de un velero a la deriva

Martes, 25 de febrero de 2014                

GOMERA VERDE

Los tres tripulantes de un velero británico que quedó sin gobierno al averiarse su timón han sido rescatados a 199 millas al suroeste de la costa de Maspalomas,        

en Gran Canaria, donde fue a su encuentro un helicóptero mientras su embarcación quedó abandonada a la deriva.


   La gran distancia a la que se encontraba el  velero, de nombre "Bribón II" y 10 metros de eslora, imposibilitó que se procediera a su remolque, por lo que, según han explicado hoy a Efe  fuentes de Salvamento Marítimo, se decidió rescatar por aire a sus tres  únicos ocupantes, dos varones de nacionalidad austríaca y una mujer  británica.


   Su llamada de socorro se recibió

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Rescatan a cinco tripulantes de una embarcación neumática que se estaba hundiendo a 60 millas de Cádiz

Rescatan a cinco tripulantes de una embarcación neumática que se estaba hundiendo a 60 millas de Cádiz

 

CÁDIZ, 25 Mar. (EUROPA PRESS) -

   El helicóptero de Salvamento Marítimo Helimer 206 ha rescatado a los cinco tripulantes de una embarcación neumática que estaba hundiéndose 60 millas al suroeste de Cádiz.

   Los rescatados, tres españoles, un belga y un británico, han sido trasladados al aeropuerto de Jerez en buen estado de salud, según informa Salvamento Marítimo en su web. El Centro de Salvamento Marítimo en Huelva ha recibido una llamada telefónica, a las 18,12 horas, alertando de que había cinco personas a bordo de una embarcación que tenía una avería en el motor y estaba hundiéndose.

   De inmediato se ha movilizado al lugar el helicóptero

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GAURDIA CIVIL DEL MAR

Marítimo

Creación e historia

La Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en su articulo once. 2 .b, dice que la Guardia Civil ejercerá las funciones que, con carácter genérico se asignan a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, entre otros, en el mar territorial.

El Real Decreto 246/1991, de 22 de febrero, regula el Servicio Marítimo de la Guardia Civil, contemplando en su artículo primero:

“Las funciones que la Ley Orgánica 2/1986 de 13/03 de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad atribuye al Cuerpo de la Guardia Civil se ejercerán en las aguas marítimas españolas hasta el límite exterior del mar territorial determinado en la legislación vigente y, excepcionalmente, fuera del mar territorial, de acuerdo con lo que se

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