Ley de Mares Más Seguros: Cumplimiento de la Ley de Agresión y Acoso Sexual en el Transporte Marítimo
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- Category: Derecho marítimo
- Published on Thursday, 25 January 2024 21:57
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MARITIME EXECUTIVE
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La promulgación en diciembre de 2022 de la Ley de Mares Más Seguros (SSA) como parte de la Ley de Autorización de Defensa Nacional para el año fiscal 2023 marca un cambio fundamental en el manejo por parte del gobierno federal de los incidentes de agresión y acoso sexual (SASH) a bordo de embarcaciones. Lo siguiente tiene como objetivo ayudar a los líderes de alto nivel de la industria marítima a comprender el impacto de la nueva ley en sus operaciones y garantizar el cumplimiento de estos requisitos regulatorios emergentes.
Génesis de la Legislación
La SSA surgió a raíz de una narrativa conmovedora y anónima escrita por “ Guardiamarina X ” que se publicó en línea en septiembre de 2021. Sus experiencias personales demostraron la cruda realidad de SASH dentro del sector marítimo y energizaron los llamados a un cambio sistémico.
Como respuesta legal, la SSA aborda la prevalencia de SASH en la industria marítima e incluye una serie de disposiciones destinadas a combatir estos problemas. Una de las medidas más significativas es la facultad de la Guardia Costera de Estados Unidos (USCG) para revocar o suspender las credenciales de personas declaradas culpables de tales delitos. La SSA también incluye disposiciones que exigen que los propietarios y operadores de embarcaciones de servicios comerciales con bandera de EE. UU. informen quejas e incidentes de SASH a la USCG y amplía significativamente el alcance y la amplitud de los incidentes que deben informarse.
Si bien se han proporcionado períodos de gracia para que los propietarios y operadores de embarcaciones realicen algunas acciones (como la obligación que se describe a continuación de que se instalen equipos de vigilancia de audio y video a bordo en ciertas embarcaciones antes del 23 de diciembre de 2024), la mayor parte de los requisitos de la SSA ya se han entró a la fuerza. Teniendo esto en cuenta, los líderes marítimos deben actuar de inmediato para comprender lo que se espera de ellos y garantizar que se hayan desarrollado, documentado e implementado políticas y procedimientos para cumplir con estos requisitos ampliados.
USCG aclara las responsabilidades del empleador
La SSA ha ampliado significativamente las responsabilidades de los empleadores marítimos. Entre otros requisitos, exige la integración de políticas SASH integrales dentro de los sistemas de gestión de seguridad de las empresas. Esto incluye la implementación de capacitación anual centrada en la prevención de SASH, la intervención de transeúntes y los medios aprobados para informar y responder a dichos incidentes.
Después de la promulgación de la SSA, la USCG emitió un Boletín de información de seguridad marítima completo seguido de una serie de cartas de políticas emitidas hasta noviembre de 2023 que en conjunto sirven como guía para las entidades marítimas. Esta guía describe los mecanismos de presentación de informes requeridos (incluida la información específica que debe proporcionarse en dichos informes, así como los plazos y métodos para presentarlos y responder a ellos), proporciona detalles sobre las publicaciones de políticas SASH a bordo de los buques y describe una serie de otras medidas de control. , como la implementación de sistemas de control de llaves maestras.
Los empleadores deben asegurarse de que sus políticas abarquen todas las formas de acoso, incluido el género, la orientación sexual, la identidad de género, la raza, la religión, el origen nacional y la edad, ya que el uso exclusivo del término "acoso" por parte de la SSA no puede limitarse únicamente al acoso sexual. . Además, la SSA exige que los propietarios de embarcaciones comerciales, operadores, capitanes y empleadores de gente de mar deben denunciar quejas e incidentes de "acoso, acoso sexual y agresión sexual 'que violen' cualquier ley o política de la empresa". Leídos en conjunto, este lenguaje amplio en la SSA amplía enormemente el alcance de los incidentes reportables; Los líderes de la industria deben pecar de cautelosos y denunciar todas las formas de acoso.
En términos de calendario, los informes deben realizarse “inmediatamente” después de que el propietario u operador del buque tenga conocimiento del incidente y deben incluir:
- El nombre, función e información de contacto de la persona que realiza el informe.
- El nombre y número oficial de la embarcación documentada.
- La hora y fecha del incidente.
- La posición geográfica o ubicación del buque cuando ocurrió el incidente.
- Una breve descripción de la agresión o acoso sexual que se denuncia.
Las opciones de presentación de informes incluyen la aplicación TIPS del Servicio de Investigación de la Guardia Costera (CGIS) y/o la dirección de correo electrónico This email address is being protected from spambots. You need JavaScript enabled to view it. , que pueden utilizar todas las fuentes de informes, incluidos transeúntes y sobrevivientes. Los informes, que pueden ser anónimos o atribuidos, serán recibidos y revisados por el CGIS. Se iniciará una investigación para todos los informes recibidos y la USCG proporcionará comunicaciones de seguimiento con todas las fuentes de informes que proporcionen información de contacto. La USCG también mantiene una vigilancia las 24 horas del día, los 7 días de la semana, que puede recibir informes de conducta sexual inapropiada a través del número de teléfono del Centro de Comando Nacional, 202-372-2100.
Para proporcionar una capa adicional de seguridad y responsabilidad, la SSA estipula que se instalen sistemas de vigilancia de video y audio en ciertas embarcaciones. Los buques comerciales que no transportan pasajeros, excluidos ciertos buques pesqueros comerciales, cubiertos por este requisito incluyen los siguientes:
- Embarcaciones documentadas con alojamiento para pasar la noche para al menos 10 personas a bordo que estén (a) en un viaje de al menos 600 millas que cruce la línea fronteriza hacia el mar o (b) con al menos 24 metros (79 pies) de eslora total y que estén obligados a tener una línea de carga bajo el Título 46, Capítulo 51
- Buques documentados de al menos 500 toneladas brutas… en viaje internacional
- Buques con alojamiento para pasar la noche para al menos 10 personas a bordo que estén operando durante no menos de 72 horas en aguas suprayacentes a la plataforma continental exterior
Finalmente, el alcance ampliado de los delitos reportables y el aumento sustancial de las sanciones por incumplimiento (que varían hasta $55,000 por cada infracción) también reflejan un enfoque estricto hacia la erradicación del SASH.
Mirando hacia el futuro
Aunque la SSA ha estado en pleno vigor y efecto durante más de un año, está claro que el camino hacia el pleno cumplimiento y comprensión continúa. Los boletines y cartas de política de la USCG han brindado orientación valiosa, pero muchos aspectos de la SSA siguen abiertos a interpretación (incluida la definición de “acoso”). Los propietarios, operadores y empleadores de embarcaciones no solo deben familiarizarse con estos requisitos, sino también participar en una educación y adaptación continuas para garantizar que sus operaciones estén completamente alineadas con las disposiciones de la SSA.
Reforzada por la orientación de la USCG, la SSA exige un compromiso colectivo y un enfoque proactivo de todas las partes interesadas para garantizar un cumplimiento riguroso y fomentar una cultura de seguridad, respeto y responsabilidad. A medida que las empresas marítimas avanzan, les corresponde garantizar que estas regulaciones estén integradas en el tejido de sus operaciones y creen un entorno en el que la industria sea sinónimo de seguridad, respeto e integridad.
Sid Lewis es socio y líder del Grupo de Práctica Laboral y de Empleo de Jones Walker, donde consulta y asesora al personal administrativo y de recursos humanos con respecto al empleo y las leyes laborales. Se puede contactar a Sid en: This email address is being protected from spambots. You need JavaScript enabled to view it. , 504.582.8352.