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Category: Ley de Navegación
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Published on Tuesday, 08 July 2014 04:41
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Miquel Roca, socio director de Blas de Lezo Abogados
MADRID, 02 de JULIO de 2014 - LAWYERPRESS / @LuisjaSanchez
“Un cambio legislativo como esta Ley de Navegación marítimo ocurre una vez en la vida. Esto ha hecho que nuestra firma haya decidido organizar diferentes jornadas en toda España sobre este importante cambio normativo.” Así se expresa Miquel Roca, socio director de Blas de Lezo Abogados en vísperas de la jornada que, organizada en colaboración con Lawyerpress, tendrá lugar este jueves día 3 en Madrid. “Queremos que el cliente esté alerta a estos cambios normativos y así se ha puesto en marcha este pequeño road show”. Los socios de la firma española han estado en Valencia; Vigo; el pasado martes estuvieron en Barcelona y en veinticuatro horas en Madrid. Luego espera Alicante y posiblemente Bilbao. De este contacto personal con tantos expertos de empresas del sector Roca menciona la buena recogida del cambio normativo que sustituye al Código de Comercio de 1885, legislación que hasta ahora regulaba esta actividad. “Es una magnífica noticia que la ley de Navegación Marítima vaya a entrar en vigor en el 2014, más de acorde a la realidad social de hoy. Precisamente contar con determinadas sentencias es porque la ley anterior no se adecúa al entorno que vivimos”, explica. Ahora todo cambiará y habrá una adecuación de la realidad social a la legal. En primera persona “Blas de Lezo opera como boutique legal desde el 2006, fecha en la que el despacho se pone en marcha. A lo largo de estos años nos hemos consolidado como uno de los bufetes líderes en derecho marítimo y derecho del transporte en general. Nuestra actividad viene reconocida por la presencia de la firma y algunos de nuestros abogados en rankings como Legal 500 o el Several Partners. Gozamos de clientes muy fieles y estamos muy satisfechos de nuestro equipo humano. No podemos pedir más. Trabajar como boutique tiene sus ventajas; ser especialistas en una jurisdicción hace que se valore la calidad de tu trabajo. Es precisamente ese conocimiento del sector lo que valoran nuestros clientes. Somos capaces de ofrecer a nuestros clientes lo que quieran, igual que hacen las buenas sastrerías. Un rasgo que diferencia nuestro equipo de profesionales de otros de la competencia es su marcado carácter internacional. Quien escribe estas líneas está colegiado en Londres como abogado; hay otro compañero en la misma situación y otros letrados de diferentes nacionalidades. El sector marítimo es muy internacional. Blas de Lezo apuesta desde sus inicios por la formación. Somos una empresa de servicios jurídicos intentamos adaptarnos a las necesidades de cada cliente. Sabemos que nuestro cliente no quiere el perfil de abogado que sienta cátedra. Lo que quiere es la solución del problema o una actitud preventiva frente al mismo. En este contexto la formación es indispensable en ese trato con el cliente. Si le explicas cómo evitar ese problema; su volumen de reclamaciones y de juicios bajará notablemente y verá en el servicio que le ofrece su abogado un gran valor añadido. Nuestro despacho hace una inversión importante en formación que se incrementa progresivamente. Pequeños seminarios; jornadas, desayunos en las sedes de los clientes son parte de nuestro portfolio. Este año hemos inaugurado el Centro de Estudios Blas de Lezo, http://goo.gl/UlAIsr él hay una plataforma online que permite desde nuestra web a cualquier interesado descargar nuestros seminarios sobre cualquier tema de interés del derecho marítimo y del transporte. Lo puede ver donde quiera, sin que nosotros nos desplacemos allí. Toda una revolución en el sector. En veinticuatro horas, estimado lector, espero poder explicarte los cambios más importantes de esta Ley de Navegación marítima que entra en vigor este año. Estaré encantado de saludarte y contestar a tus preguntas.”
Sr. Roca, ¿Qué ventajas tiene este texto normativo respecto de su predecesor?
Se adecúa una ley que databa del siglo XIX a su entorno más inmediato. Con ello vamos a ganar todos y posiblemente dejaremos de tener ciertas sentencias que nos sorprenden, muy polémicas, sobre todo en lo referido a la responsabilidad del consignatario. Con esté cambio lo que logramos es adecuar la realidad legal a la socioeconómica del país. Eso ha hecho que la reacción ha sido muy buena por la gran parte de los actores que configuran este sector.
Descendiendo al detalle, ¿Qué le llama la atención especialmente?
Uno de los elementos que más llama la atención tiene que ver con los procedimientos notariales. Quienes me conocen ya saben que no soy partidario del notario. Es una figura que no aporta nada. Los países que no tienen notarios gozan de mayor seguridad jurídica que nosotros y no pasa nada. Es el caso de Inglaterra, donde el sistema funciona muy bien. En nuestro país ante la obligación de tenerlos como fedatarios de muchos negocios, un aspecto positivo que tiene la ley es que crea una serie de procedimientos, que antes eran prerrogativa del juzgado, y ahora se solventan via notarial con el consiguiente ahorro de tiempo y de costes. Es una novedad importante y positiva. Tenga en cuenta que la situación de los juzgados es de total colapso. Frente a ello acudir al notario te reduce los plazos del asunto y fomenta la competencia privada. Todo lo que sea fomentar la competencia privada es una buena noticia.
¿Cómo se articulan estos procedimientos, en realidad?
Frente a la actividad de los juzgados, los notarios establecen unos plazos de 0 a 24 horas, festivos incluidos. Aquel notario que trabaje muy bien en el sector marítimo va a ganar en trabajo y protocolos. Se fomenta, por tanto la competencia en la resolución de conflictos marítimos, cuestión que es de agradecer. En el caso, por ejemplo, de la recogida de una mercancía, solo hace falta reclamarlo ante notario y así evitarse los trámites engorrosos que había con anterioridad que además alargaban el proceso. Los plazos que prescriben la ley, en función de los expedientes que se traten, hablan de plazos de 48 horas o de un mes, pero muy cortos en comparación con los existentes y el drama judicial que vivimos a diario en los juzgados.
Hablando de la nueva Ley, es un texto único que aglutina toda la normativa del sector…
Esta es otra de las ventajas de la nueva norma. Para mí la mejor ley es la que no existe. Pero si existe que esté compilada y no dispersa. Así toca asuntos relacionados con el medioambiente, remolques, hallazgos marítimos, fletamentos, protección del patrimonio subacuático y por supuesto temas comerciales como los que comentamos.
¿Esta nueva normativa podrá evitar catástrofes naturales como la del Prestige?
La forma de prevenir accidentes de este tipo la tiene usted en EEUU. Hablamos del mejor país del mundo a la hora de proteger el medio ambiente. Por desgracia, en nuestro país andamos con parches y pancartas y grandes titulares de periódico pero no hacemos nada. Desde que EEUU aprobó su legislación ambiental y protección marina no han tenido ningún accidente más. En España seguimos sin hacer lo que hay que hacer. Hay que darse cuenta que la propaganda no te lleva a nada. Lo que se debe hacer es actuar de forma contundente por la vía legislativa.
¿Es bueno que los delitos medioambientales estén en el Código Penal?
Creo que es una barbaridad actuar así. En asunto de medio ambiente soy un agnóstico. No profeso la religión del cambio climático. Hablar del medioambiente es hacerlo de una moda política. Aún recuerdo el vaticinio del señor Al Gore que comentó en su dia que los casquetes polares iban a deshacerse en el 2014. Pese a ese comentario ahí siguen.
¿Con esta normativa, España se equipara a su entorno a nivel marítimo?
Era lo que necesitábamos para estar en el mismo lugar que nuestros vecinos europeos y americanos. De hecho cuando nos preguntaban y les decíamos que no la teníamos lo veían como algo muy sorprendente.
¿A qué es debido este retraso o desidia del legislador y estar con una normativa del siglo XIX hasta este año?
Sinceramente no lo sé. Da la sensación que no le encontrarían rentabilidad política. De hecho a veces da la sensación que cuando les interesa es cuando actúan por la via legislativa. Esto ha hecho que en derecho marítimo nos haya pasado por el mundo. Nuestra Ley de Transporte por Carretera es del 2010.
¿Será complicado que esta nueva Ley se engarce de forma correcta a los diferentes tratados internacionales que existen?
El tema principal tiene que ver con el Acuerdo de Rotterdam, uno de los tratados claves del sector marítimo. Este es un Convenio de las Naciones Unidas que España ya ha ratificado. Algunas provisiones de la Ley, las menos, sí chocan con este Convenio. Por suerte la Ley de Navegación Marítima tiene mucho de Rotterdan y su tratado, clave en el desarrollo del comercio marítimo del mundo. Es una gran noticia para todos. Este acuerdo deja la puerta abierta, en el momento que entre en vigor, que aún no lo está, a que se hagan las modificaciones oportunas en nuestro derecho.
¿Hay algún aspecto de la tramitación parlamentaria de esta nueva Ley que le llamara la atención en concreto?
Como jurista que soy sí he estado al tanto de los cambios y modificaciones que se han ido introduciendo en su desarrollo. Quizás lo más interesante del debate parlamentario es que ha logrado eliminar la responsabilidad del consignatario de buques pese a la presión de diferentes lobbies. Es una buena noticia que las enmiendas que pedían su supresión no prosperasen. Ahora los consignatarios ven protegida su actividad como mandan los cánones.
¿Cómo cree que será su aplicación práctica en el futuro, complicada?
Creemos que la aplicación práctica va a ser positiva. Hay que darse cuenta que el sector estaba demandando una normativa de acorde a nuestros tiempos. Veremos cómo se pone en práctica. Ahí los expedientes notariales de los que hemos hablado darán que hablar. Esta es una oportunidad para ellos de especializarse y conocer el comercio marítimo. No me cabe duda que el notario que aprenda a trabajar en el sector va a tener una gran oportunidad en el futuro de negocio importante.
Por cierto, antes de acabar esta entrevista, le tengo que preguntar por el libro “ El Arbitraje marítimo en Londres”
Es una obra que hemos reeditado aprovechando que somos de los pocos despachos que tienen abogados colegiados en Reino Unido. Thomson Reuters Aranzadi nos planteó la posibilidad de trabajar este tema vía editorial. Se trataba de solucionar las dudas que los abogados tienen del funcionamiento de ese sistema anglosajón. Hablamos de un procedimiento judicial diferente al nuestro. Realmente no es tanto un libro jurídico como un manual para empresarios. Se explica de una forma sencilla de cómo funciona un procedimiento arbitral en Londres en materia marítima. La acogida entre los empresarios es muy buena. Ahora en este 2014 se ha reeditado y adaptado a formado ebook. De esta manera se puede descargar desde cualquier plataforma.
Tengo que preguntarle por la apelación a la sentencia del Prestige. Ya analizamos con usted el asunto hace meses.
Cuando los políticos sean responsables de pagar las costas de los procedimientos propagandísticos que generan se acabarán este tipo de apelaciones. Hasta ese momento tendremos que asistir a estos nefastos espectáculos políticos, Esta apelación no va a llevar a nada. Culpar a la judicatura de este tema no es de recibo. Los jueces no hacen las leyes. Las hace el poder legislativo. Mientras esto no cambie es posible que veamos otra apelación similar en nuestro país. http://goo.gl/DRTgRR
COMENTARIOS DE AEMC
Es muy significativo que con el pretexto de superar textos del siglo XIX, hayan vuelto a la filosofía borbónica del XVIII.
Es mucho más lo que se está escondiendo que lo que se da a conocer.
La España cañí, la de casta, espada y golpe de pecho, puede estar contenta.
Da la impresion de que hay interés en dejarlo todo atado, y bien atado.